PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido en fecha 19 de enero de 2011, por el abogado MIGUEL LÓPEZ GUTIÉRREZ en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil QUIROPEDIA BERKE PIES, C.A., contra la decisión proferida en fecha 13 de octubre de 2009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que decretó la perención anual de la instancia, la cual se confirma.
SEGUNDO: Se declara extinguido el proceso de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 283 eiusdem, no se produce condena en costas.