Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida el 9 de marzo del 2010 por el abogado ANTONIO J. RONCAYOLO en su carácter de apoderado judicial de INVERSIONES DB- 2003, contra el auto dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 9 de noviembre del 2008, el cual obra a los folios 134 y 135, en consecuencia, se REVOCA dicho auto y se ordena la fijación de un nuevo acto para la designación de los árbitros.
Por cuanto no hubo propiamente la tramitación de una incidencia, ya que no se abrió lapso probatorio alguno, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia.
Dada, firm.....