En virtud a la motivación efectuada, este Juzgado Cuarto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos DUNIA RAFAELA CASTILLO y ÁLVARO JOSÉ OVIEDO GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y portadores de las cédulas de identidad Nos. V-15.434.200 y V-17.143.804, decretada el 21 de septiembre de 2012, y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía. Asimismo se ordena participar de la presente decisión a las autoridades competentes, a los fines indicados en el artículo 506 del Código Civil Venezolano.