Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano profesional del Derecho JOSE JOEL GÓMEZ CORDERO, en su carácter del Defensor del ciudadano JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ PUENTE, en fecha 17 de octubre del año que discurre, por parte de los Ciudadanos Profesionales del Derecho OMAIRA ESTRADA DURÁN, Defensora del Ciudadano FRANCISCO JAVIER CORDERO y el Abogado VICENTE CALDERÓN TERÁN, defensor de los ciudadanos JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ y PEDRO DANIEL TORRES CRISTANCHO, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo (20°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 04 de octubre de 2006, mediante la cual declaro improcedente la solicitud realizada .....