Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la abogada PATRICIA YAMILET ZAMBRANO, actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana LISSETTE KARIBAY CEDEÑO SANCHEZ, ya identificada, contra la negativa del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, de cumplir con lo ordenado en la Providencia Administrativa N° 227-05 de fecha 14 de marzo de 2005, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador del Ministerio del Trabajo, esto es, el reenganche de la accionante a su sitio habitual de trabajo y en las mismas condiciones en las cuales las venia desempeñando, con el consiguiente pago de los salarios caídos, desde su despido hasta su definitiva reincorporación.