DECLARA: PRIMERO: Se declara PARCIALMETE CON LUGAR la acción intentada por la ciudadana LILIAN DEL SOCORRO CARO DE CAPECCHI, venezolana mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad bajo el Nro. V- 6.038.044 contra LA FRASCA DE TOLEDO-BAR-RESTAURANT SRL. Sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 28 de septiembre de 1978, bajo el numero 10, tomo 122-A; SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada LA FRASCA DE TOLEDO-BAR-RESTAURANT SRL. a cancelar los conceptos y cantidades establecidos en la parte motiva del presente fallo, así como aquellas que arroje la experticia complementaria del fallo ordenada a realizar, en los términos expuestos; TERCERO: No hay condenatoria en costas