IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 12.08.2016 (F. 344), por la parte actora reconvenida sociedad mercantil INVERSIONES JATAVIJO, C.A., representada por el abogado LEOPOLDO MICETT CABELLO contra la decisión de fecha 08.08.2016 (F. 336 AL 343), dictada por el JUZGADO VIGESIMO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EEJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la solicitud de inepta acumulación de pretensiones alegadas por la parte demandada reconviniente.
TERCERO: SIN LUGAR la cuestiòn previa 6º contenida en el artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, por no ser la misma objeto de apelación.
CUARTO: SIN LUGAR la c.....