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"..Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo (2º) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente, en fecha 08 de junio de 2017, contra la sentencia dictada en fecha 05 de junio de 2017, por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Inadmisible por caducidad la demanda de Nulidad conjuntamente con Amparo Cautelar, presentada en fecha 19 de mayo de 2017, por la parte recurrente. TERCERO: Se confirma el fallo recurrido. No hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo (2º) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área .....