En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada por las sociedades mercantiles EQUIPFUEGO, C.A., y KING OCEAN SERVICE DE VENEZUELA, S.A., en los términos contenidos en su escrito transaccional, y por tanto, DECLARA terminado el proceso y ordena el archivo del expediente. Es todo.-