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Decisiones del dia 29/01/2018

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Tributario
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : AP41-U-2016-000107 N° Sentencia : Interlocutoria006-2018 Fecha: 29/01/2018
Procedimiento:
Recurso Contencioso Tributario
Partes:
Resumen:
III DECISIÓN Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA la notificación de la contribuyente "HL BOULTON & Co., S.A.", para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos su notificación debidamente cumplida, manifieste su interés y se le ordena la consignación ante este Tribunal del escrito recursivo que le fue solicitado para hacer efectiva la notificación al ciudadano Viceprocurador General de la República en que se admita el recurso contencioso tributario, so pena de declararse extinguida la presente causa de pleno derecho por pérdida sobrevenida del interés procesal.
Juez/Ponente:
Ruth Isis Joubi Saghir
Organo:
Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Tributario
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N° Expediente : AF45-U-2003-000178 N° Sentencia : Interlocutoria007-2018 Fecha: 29/01/2018
Procedimiento:
Remision A La Administración Tributaria Para Que Proceda Con El Cobro Ejecutivo
Partes:
Resumen:
Otra Resoluciones.-
Juez/Ponente:
Ruth Isis Joubi Saghir
Organo:
Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Tributario
arriba

N° Expediente : AP41-U-2014-000318 N° Sentencia : 2411 Fecha: 29/01/2018
Procedimiento:
Recurso Contencioso Tributario
Partes:
Resumen:
VI DECISIÓN Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por el recurrente CRISTALERIA LAS COLINAS C. A., contra la Resolución Nº 420, de fecha 06 de junio de 2006, dictada por el Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, y en consecuencia: 1.- Se CONFIRMA el acto administrativo antes indicado, así como los accesorios derivados del mismo. 2.- Se CONDENA EN COSTAS procesales a la recurrente conforme a lo dispuesto en el artículo 334 del Código Orgánico Tributario de 2014, las cuales se calculan prudencialmente en cincuenta unidades tributarias (50 U.T.), tomando como base el diez por ciento (10%) de la cuantía mínima de quinientas unidades tributarias (500 U.T.) requeridas para que sea.....
Juez/Ponente:
Ruth Isis Joubi Saghir
Organo:
Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Tributario
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