Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD DE LOS CIUDADANOS RICHARD ALEXANDER CARUCÍ BARRIOS, WILMER GREGORIO CAMACARO COLMENÁREZ, RAFAEL ANTONIO MARTINEZ CASTILLO, CARLOS LUIS VALERO MÉNDEZ, YULBIN KARIN TORRES y RONALD ANTONIO DAZA, en las actas identificados, como presuntos autores, el primero, de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificados en los artículos 278 y 219 en su segundo ordinal, ambos del Código Penal; el segundo, del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; el tercero, de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO DE ROBO, este último tipificado en el artículo 472 del Código Penal; y el cuarto, el quinto y el sexto, de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 ambos.....