DE LAS MEDIDAS DE PRE-LIBERTAD.
Este Tribunal observa que en virtud de que al penado ALEXANDER RODRIGUEZ SARRAMERA, le fue Revocada la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto no podrá optar a esta misma medida ni a la de Libertad Condicional, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, sin embargo podrá optar al Beneficio de Confinamiento.
CONFINAMIENTO: Las tres cuartas partes de la pena de CINCO (05) AÑOS, CUATRO (04) MESES y VEINTICUATRO (24) DIAS es al transcurrir CUATRO (04) AÑOS y DIEICIOCHO (18) DIAS, es decir, que como quiera que la penado ha cumplido de la pena impuesta un tiempo de DOS (02) AÑOS, ONCE (11) MESES y CATORCE (14) DIAS, podría optar a este beneficio a partir del 03 de Junio de 2010, previo cumplimiento de los requisitos de Ley.-
Regístrese, diarícese y notifíquese de la presente decisión a las partes, y líbrese boleta de traslado a nombre del Penado ALEXANDER RODRIG.....