Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Marítimo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclatoria de la sentencia, que fuera dictada en fecha 26 de abril de 2010.
Téngase la presente como parte integrante de la sentencia interlocutoria dictada por este Tribunal en fecha 26 de abril de 2010.