DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE, la prueba documental promovida por el Doctor JESÚS ORANGEL GARCÍA, en su carácter de Juez Presidente de esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión.
LA JUEZ,
DRA. CLOTILDE CONDADO RODRÍGUEZ.
LA SECRETARIA,
ABG. ROSA CÁDIZ RONDÓN
En la misma fecha se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
ABG. ROSA CÁDIZ RONDÓN.
EXP. No. SA-5-2007-2147
CCR/RCR/mjml