DECISIÓN
En merito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR, la acción TACHA DE DOCUMENTO VIA PRINCIPAL, incoada por los ciudadanos SANTOS SEGUNDO ALVAREZ, JUANA BAUTISTA ALVAREZ y MINERVA DEL CARMEN ALVAREZ QUERALES contra la ciudadana MARIA NAZARETH CHACON viuda DE ALVAREZ, todos identificados suficientemente en autos. En consecuencia, se declara: PRIMERO: La falsedad y consecuente nulidad del Poder de disposición y administración de bienes, según el documento autenticado por ante la Notaria Pública Cuarta de Barquisimeto, bajo el N° 24, Tomo 289, en fecha 18/09/2007 y protocolizado ante el Registro Inmobiliario Primero, bajo el N° 36, Tomo 1, Protocolo Tercero con fecha 21 de Septiembre del año 2.007, suscrito falsamente por el causante SANTOS ALV.....