PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL presentando por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de esta sede judicial el 25 de Julio de 2011, suscrito por las ciudadanas SARAI FLORES AGUIAR y KAREN ELIZABETH FUENTES GUERRERO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V-12.197.370 y V-19.112.453, respectivamente, de este domicilio, en su carácter de parte actora, su Apoderada Judicial Abogado RUTH RODRIGUEZ, Inpreabogado N° 94.95 y la Abogado BELKIS TOVAR, Inpreabogado N° 45.338, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada LENNY ESTRADA ALTA PELUQUERIA III C.A., sociedad mercantil de este domicilio, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 06/02/2004, bajo el N° 65, Tomo 4-A. SEGUNDO: Se otorga el carácter de cosa juzgada, conforme al artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgá.....