este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se le advierte que se deja transcurrir el lapso de cinco (05) días a los fines del ejercicio del recurso. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez
Abg. Carolina Chakian Mayarllan
El Secretario
Abg. Marcial Mecia