DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas. Este Tribunal en Funciones de Control No 2 de la Sección Penal Adolescente, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: Se DECRETA el ARCHIVO JUDICIAL en la presente Causa seguida a los adolescentes imputados RESERVADO Y RESERVADO, ya identificados, por la presunta comisión del delito de DETENTACION ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto en el articulo 277 del Código Penal Vigente; de conformidad con lo establecido en el artículo 296 del Código Orgánico Procesal Penal, norma de aplicación supletoria en este especial procedimiento, por disposición expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el CESE de toda medida cautelar impuesta a los adolescentes y su condición de imputados. Notifíquese a las partes. Líbrese los oficios respectivos.
Regístrese y Publíquese.-
El Juez de Control No 2.....