En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra la Sentencia Definitiva Nº 987, de fecha 06 de diciembre de 2002, por medio de la cual este Tribunal declaró PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la sociedad mercantil "RESTAURANT DOÑA PARRILLA S.R.L.", y habiendo transcurrido el lapso para el cumplimiento voluntario, este Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa y ORDENA remitir el expediente a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de su ejecución.
Líbrese oficio y remítase el expediente a la Coordinación Judicial de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, para su entrega definitiva a través de la Unidad de Actos de Comunicación (UAC).