Declara CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto, por el ciudadano Pedro Rengel Nuñez, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.443, actuando en su carácter de apoderado del BANCO CARACAS, S.A.C.A., sociedad mercantil de este domicilio, contra el Acta de Reparo N° 121484 de fecha 30 de octubre de 1988, levantada por la División de Fiscalización del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) y la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo N° 054 de fecha 2 de junio de 1993, emanada de la Gerencia General de Finanzas de ese Organismo actualmente Instituto Nacional de Cooperación Educativa Socialista (INCES), por monto de Bs. 1.222.275,49 (equivalente a Bs.F 1.222,28); y en virtud de la presente decisión inválida y sin efecto legal alguno.
De la presente decisión no se oirá apelación en razón de la cuantía.
Se condena en costas procesales a la Administración Tributaria, en cinco por ciento (5%) del monto controvertido, conforme lo previsto en el.....