Sentencia Definitiva en el presente juicio incoado por la ciudadana Anais Barros Fanjul en contra de los ciudadanos Miguel Oya Alvela, Miguel Algel Oya Guerra, Edgar Alexander Oya Guerra y Enrique Barros Janjul por motivo de nulidad de asamblea, declarándose Con Lugar la pretensión de la parte actora y en consecuencia: 1) Se declara la nulidad de las asambleas extraordinarias de la empresa "Talleres Barros, S.R.L.", celebradas en fechas 04/11/2004; 12/12/2004; 12/04/2004; 24/03/2008, registradas ante el Registro mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, quedando anotadas bajo el No 52, Tomo 28-A-SDO; No 79, Tomo 46-A-SDO; No 72, Tomo 50-A-SDO, No 61, Tomo 67-A-SDO, respectivamente, de fechas 01/03/2004; 01/04/2004; 04/04/2008 y 25/04/2008, respectivamente. Se condena en costas a los co-demandados de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-