III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Bolívares incoada por la entidad BANCO CANARIAS DE VENEZUELA, BANCO UNIVERSAL, C.A., actualmente en liquidación por el FONDO DE PROTECCION SOCIAL DE LOS DEPOSITOS BANCARIOS (antes Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria FOGADE), contra la empresa OPERADORA MICOST, S.A., y el ciudadano ERIC TAMANACO NOUVEAU CASTELLANOS, en su condición de fiador y principal pagador; razón por la cual se condena a la parte demandada al pago de la suma de DIECISIETE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 17.000.000,oo), equivalente en la actualidad a la suma de DIECISIETE MIL BOLIVARES (Bs. 17.00.....