DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Abogado en ejercicio de este domicilio JOSÉ JOEL GÓMEZ CORDERO, actuando con el carácter de Defensor del Acusado MONSALVE CONSTANTINO, y en razón a ello CONFIRMA la decisión proferida por el Juzgado Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de nulidad Absoluta del Acta de la Audiencia Preliminar y Auto de Apertura a Juicio, conforme a lo establecido en el artículo 196 en su parte in-fine del Código Orgánico Procesal Penal, ya que sólo las nulidades deben decretarse cuando no exista otra forma de reparar el asu.....