Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada por el abogado Javier Alejandro Camacho Bruzual, Inpreabogado Nº 99.369, actuando como apoderado judicial del Instituto Nacional de Desarrollo Rural (INDER), contra la Providencia Administrativa Nº 804-09, dictada en fecha 25 de noviembre de 2009 por la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital, Municipio Libertador, Sede Norte, mediante la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana Gelirys Mar Cordoba, titular de la cédula de identidad Nº v-12.111.771, contra el prenombrado Instituto.