Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto en fecha cuatro (04) de junio del dos mil diecinueve (2019) por el abogado JORGE LUIS GIL GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 60.314, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MIGUEL ENMANUELLI LLAMOZAS, y se ordena la remisión del presente expediente junto con oficio al Tribunal Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, para la continuación del presente juicio.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, derivado de la naturaleza de la presente decisión.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este.....