PRIMERO: HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO del procedimiento presentado por el Abogado José Antonio Paiva Jiménez, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadanos MANUEL NELSON JARDIN DIAS y MIGUEL ANGEL MATA GARCIA, en el presente juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, han incoado contra los ciudadanos JOSE FIGUEIRA DA SILVA y GIUSEPPA FAMIGLIETTI DE SÁNCHEZ, plenamente identificados en autos, en los términos expuestos. A mayor abundamiento, el desistimiento ejercido solo extingue la instancia, de conformidad con lo previsto en el artículo 266 del citado cuerpo legal.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.
TERCERO: Por cuanto la presente decisión fue dictada fuera de los lapsos procesales correspondientes, se ordena la notificación de la parte actora mediante boleta que tal efecto se ordena librar, conforme a lo previsto en los artículos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil...