Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: EXTINGUIDO EL PROCESO de conformidad con las previsiones del último aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, todo ello en la demanda interpuesta por la ciudadana Shary Mata Colmenares por Cobro de Prestaciones Sociales contra CVamerica.Com C.A.