declara: PRIMERO: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en la acción de nulidad incoada por la Sociedad Anticancerosa de Venezuela, contra el Acto Administrativo de efecto particulares constituido por la Resolución N° 140 de fecha 23-08-1988 dictada por la Comisión Tripartita Laboral Segunda de Segunda Instancia en el Distrito Federal y Estado Miranda, mediante la cual confirmó la Resolución dictada por la Comisión Tripartita Primera de primera Instancia en el Distrito Federal, Municipio Libertador de fecha 29 de abril de 1988, mediante la cual declaró Con Lugar la Solicitud de Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos presentada por el ciudadano Sebastián Cándido Ferreira, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.050.980, contra el Hospital Oncólogo Padre Machado. SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay expresa condenatoria en costas.