DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Primero Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de nulidad accionada por el ciudadano AUGUSTO RODOLFO CASTILLO CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.016.623, en contra del acto administrativo contenido en el expediente N° PD-CRELG-004-2016, de fecha 05 de septiembre de 2016, dictado por la COORDINACIÓN DEL COMPLEJO RESIDENCIAL ESTUDIANTIL "LIVIA GOVERNEUR" adscrito al INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD DE CARACAS, el cual resulta NULO, de conformidad con las motivaciones expresadas en la presente decisión.
SEGUNDO: Se ORDENA el alojamiento del demandante en las mismas condiciones que poseía para el momento de su desalojo, en el complejo residencial accionado, como beneficiario del alberge temporal proporcionado por .....