proceso, adicionalmente la parte demandada acepta la manifestación del desistimiento del proceso ejercida por la parte actora, siendo así este tribunal, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 ° y 203 °.
El Juez Titular
Abg. Aníbal F. Abreu Portillo
El Secretario
Abg. Héctor Mujica.
El apoderado de la parte actora:
El apoderado de la demandada: