PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos por los abogados Akira Mejias Molero, Lesvi de Barros Mesa inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 211.903 y 211.268, respectivamente, actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana Lily Mar Prieto Arriechi titular de la cédula de identidad Nro. 6.903.607, contra la Reforma Parcial del Reglamento de Ingreso al Personal Académico y de Ubicación y Ascenso en el Escalafón Universitario de la Universidad Nacional Abierta y medida cautelar de suspensión de efectos contra la Resolución No. C.D.-2452, según consta en el acta No. 0-31. de fecha 03 de diciembre de 2013 dictada por el Consejo Directivo de la Universidad Nacional Abierta mediante el cual se aperturó el concurso de oposición año 2013.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la presente acción de amparo interpuesta conjuntamente con medida cautel.....