Por lo anteriormente expuesto y en atención a la norma anteriormente transcrita y acogiéndose a la misma, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN en todas y cada una de sus partes al Desistimiento efectuado por la representación judicial de la parte actora en fecha 28 de junio de 2017, con motivo del juicio que por Cobro de Bolívares tiene incoado la SOCIEDAD MERCANTIL BANESCO, BANCO UNIVERSAL C.A., contra el ciudadano JUAN MANUEL MELIAN PEREZ, ya identificados, y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE.