DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Sexto en funciones de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Vista la admisión de los hechos realizada por los imputados cada uno por separado y su propuesta de celebrar el acuerdo reparatorio plenamente aceptado por la víctima, así como la manifestación de la Representación Fiscal quien no se opone a la celebración del mismo, este tribunal pasa a DECIDIR bajo lo siguientes términos : PRIMERO: Este Tribunal aprobó el Acuerdo Reparatorio de conformidad con el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal celebrado entre el Imputado CESAR GREGORIO SANCHEZ PUERTA titular de la cédula de identidad Nº V-17.276.702y la Victima Antulio de Jesús Mendoza Colmenarez por haber manifestado ambas partes sin coacción y libres de todo apremio, su consentimiento, de realizar el presente acuerdo reparatorio, por cuanto el hecho recayó exclusivamente sobre Bienes Jurídicos de Carácter Patrimoni.....