Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por los abogados YOLIMAURY LAYA PIÑERO y JOSÉ ALBERTO PIÑANGO MONTERRY, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 193.040 y 213.972, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano DARWIN JOSE GONZALEZ MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.489.822, en consecuencia:
1.1 SE ACUERDA el pago de las prestaciones sociales desde el 01/02/2011 –fecha de ingreso- al 16/12/2013 –fecha de egreso- ambas fechas "inclusive", de conformidad con lo regulado en los literales "a", "b", "c" y "d" del artículo 142 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores.
1.2 Se NIEGA la cantidad de Dieciséis Mil Cuatrocie.....