DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 9, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación de lo establecido en el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO a JHONNY PASTOR PEREZ CASTRO, titular de la cedula de identidad V-19.883.232, previa aceptación de los hechos que configuran el delito de RESISTENCIA A LA UTORIDAD PREVISTO Y SANCIONADO EN ARTICULO 218 DEL CODIGO PENAL, vigente para el momento de los hechos, por el lapso de TRES (03) MESES, imponiendo las condiciones establecidas en el acta correspondiente, por lo que se acordó librar oficio a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación del Estado Lara, a fin de conjuntamente con el Consejo Comunal vigilen el cumplimiento de la suspensión condicional del proceso, debiendo presentar un informe mensual sobre el cumplimiento .....