DECISIÓN
Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por los abogados SERGIO PARRA SABAL, MARIA AUXILIADORA HERNANDEZ VENEGAS, GIOVANNA D´ONGHIA y BELEN HERRERA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 40.241, 76.610, 88.529 y 114.580 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil REACTIVOS VISUAL I.N.K., C.A., en contra de la Resolución N° 398, de fecha 02 de octubre de 2006, dictada por el Superintendente Municipal Tributario del Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria (SEMAT), de la Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Miranda.