Este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL BANCARIO CON COMPETENCIA NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS ( EN TRANSICION) en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 12,15, 242, 243 y 206 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: SIN LUGAR LA REPOSICION DE LA CAUSA, en el juicio incoado por EL BANCO MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL, contra INVERSIONES SORTE, C.A., y los ciudadanos JEANNIE CRUZ LIZARZABAL RODRIGUEZ, GERARDO LIZARZABAL PARCERO, y JAVIER RONDON, todos identificados en la primera parte de la presente decisión.