Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y Sede en la Ciudad de Caracas (En Transición), Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 12, 242, 243, 546 del Código de Procedimiento Civil DECLARA: IMPROCEDENTE LA OPOSICION A LAS MEDIDAS DE EMBARGO EJECUTIVAS DECRETADAS EN FECHA 04-11-2003 y 26-04-200 y practicadas en fecha 07-01-2004 y 30-06-2004 respectivamente, por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Urdaneta, Escuque, San Rafael de Carvajal y Motatán de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, planteada en el juicio seguido por el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., contra Sociedad Mercantil AGROPECUARIA SAN JAVIER, C.A., y los ciudadanos MANUEL ANDRADE DE ABREU y OLINDA ELIZABETH GONZALEZ DE ANDRADE, por el procedimiento de Ejecución de Hipoteca, todos identificados en la pri.....