DISPOSITIVA
Por fuerza de los anteriores razonamientos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de Invalidez y Nulidad de la cláusula arbitral, interpuesta por la representación de la parte demandada, conforme a los lineamientos explanados en el fallo.
SEGUNDO: SE ORDENA la constitución del Panel Arbitral, para lo cual se fija el Quinto (5to) día de despacho a las once de la mañana, una vez quede firme la presente decisión, para así dar continuidad al proceso.
TERCERO: Dada la naturaleza de la decisión no hay expresa condenatoria en costas.
CUARTO: EL PRESENTE fallo se dicta dentro de su lapso legal.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia .....