Por las razones expresadas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de garantizar una efectiva administración de justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: improcedente la solicitud de prórroga del lapso de evacuación de pruebas solicitada por la Abogada Michelle King Aldrey INPREABOGADO Nº 138.285, actuando en su carácter de apoderada Judicial de Municipio Baruta del Estado Miranda.