declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso de abstención interpuesto el abogado MANUEL EMILIO RAMOS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.750.867, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 17.243, actuando en su propio nombre y representación, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS). En consecuencia:
PRIMERO: Se declara improcedente la denuncia de abstención por parte del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), por cuanto pudo evidenciarse de las actas que conforman el presente expediente que el referido Instituto cumplió con la obligación de otorgar la pensión de vejez, todo ello de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente decisión.
SEGUNDO: Se ordena el pago de la pensión de vejez a partir del mes de febrero de 2014, por un monto de Bs. 3.270,30, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente decisión.
TERCERO: Se niega la imposición de sanciones administrat.....