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DECISIÓN
Por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la acción de PRESCRIPCION ADQUISITIVA, incoada por la Ciudadana, GRACIELA DEL CARMEN RODRIGUEZ DE LOPEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V- 4.064.183, y de este domicilio, contra los ciudadanos ELENA MARGARITA RAMOS DE VARGAS, (causante), Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V.- 408.263, y de este domicilio, y los HEREDEROS CONOCIDOS ciudadanos EDUARDO VEGAS RAMOS, LUZMILA VARGAS RAMOS y GRACIELA VARGAS RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos.- 1.262.321, 1.433.599 y 1.253.592, y de este domicilio, respectivamente; SEGUNDO: Dado el particular anteri.....