CAPÍTULO III
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto por el abogado HEBERTO EDUARDO ROLDAN LÓPEZ, actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana AURORA FERNÁNDEZ de RUIBAL, contra el auto dictado en fecha 30 de abril de 2007, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que oyó en un solo efecto el recurso ordinario de apelación interpuesto por la representación judicial de la prenombrada ciudadana, contra la sentencia dictada el 30 de noviembre de 2006, en el juicio por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, incoado por el ciudadano ALFREDO ÁLVAREZ PÉREZ contra la ho.....