Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR las querellas interpuestas por los ciudadanos DANIEL YEPEZ REYES y RODOLFO JOSÉ TOVAR SÁNCHEZ, titulares de la cédula de identidad Nro. 22.561.092 y 22.798.937, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Leni del Carmen Ortiz Davalillo, Inpreabogado Nro. 37.666, contra el acto administrativo emanado del Director del Centro de Formación de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD, mediante el cual se ordenó el retiro y exclusión inmediata de los aludidos ciudadanos de las labores académicas del Programa de Formación de Investigación Penal impartido en dicho centro