- III -
DECISIÓN
Por fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES incoada por la sociedad mercantil BANCO CARONI, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil IMPORTADORA SANYM.S, C.A., en la persona de su gerente general ciudadano SAMI SATI FARES, colombiano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. E-84.788.679, y en su condición de fiador solidario y principal pagador, todos plenamente identificados en el texto del presente fallo. En consecuencia, se ordena el pago de las siguientes cantidades de dinero:
PRIMERO: CIENTO OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 183.333,34), por concepto de saldo a capital adeud.....