Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Primero Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Héctor Rangel Urdaneta, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 108.244, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS JESÚS ESPAÑA GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº V-3.658.543, en contra del acto administrativo N° 000588, de fecha 03 de noviembre de 2003, emanado de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
SEGUNDO: Se ANULA el acto administrativo N° 000588, de fecha 03 de noviembre de 2003, emanado de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, mediante el cual fue removido el querellante, conforme a la motiva de la pr.....