Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 20 de junio de 2012, dictada por el Juzgado Vigésimo Quinto (25º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, todo con motivo del juicio que sigue el ciudadano Samuel Ramón García Rondón contra la Sociedad Mercantil Pepsi Cola Venezuela, C.A., en consecuencia SE CONFIRMA la decisión recurrida.