Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 6 de junio de 2024, por el abogado MARCOS TULIO RODRÍGUEZ BRICEÑO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil PUBLIVISION J.D.M., C.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, Estado Miranda, en fecha 14 de noviembre de 2003, anotado bajo el Nro. 53, Tomo A-163, R.I.F- J-310788831-1 y el Ciudadano JACINTO DI MAMBRO MONTECINO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la .....