V. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación que fuere intentado por la abogada LACKSHMIR ANN HAMID DE VIEIRA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 116.722, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadano JESÚS RAFAEL DIAZ PACHECO, titular de la cédula de identidad N° V- 3.973.392, contra los autos de fecha 23 de enero de 2009 (folios 14 al 16), dictados por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en los cuales declaró admitidas las pruebas presentadas por la parte demandada y negó la prueba de informes promovida.....