usticia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Habiendo el acusado admitido los hechos que le atribuye el Ministerio Público de forma libre, voluntaria y sin coacción, SE DECLARA CULPABLE Y CONDENA a los ciudadanos: RUBEN MOISES PALACIOS GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° V-21.425.576, Venezolano, de estado civil Soltero, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 11-05-1992, natural de VILLA DE CURA, ESTADO ARAGUA, profesión u oficio: OBRERO, residenciado en: SECTOR LOS SAMANES, CALLE SUCRE, CASA Nª 11, MAGDALENO, ESTADO ARAGUA. TLF: 0426-1231454. a cumplir la pena de CUATRO AÑOS DE PRESIDIO, por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 Numerales 1ª, 2ª y 3ª de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor en relación con el 80 del Código Penal; y al MANUEL ALXANDER CASTILLO GONZALEZ, titular de la cedula de i.....